Competencias de la Junta de Facultad

Reglamento Régimen Interno. Artículo 9. Composición.

La Junta de Facultad estará compuesta por:

  1. El decano/a, que la preside.

  2. Los vicedecanos/as.

  3. El secretario/a, que lo será también de la Junta.

  4. El administrador del Centro.

  5. Un máximo de cien miembros elegidos de acuerdo con la siguiente distribución:

    1. Un 56% en representación del profesorado con vinculación permanente a la Universidad.

    2. Un 4% en representación del resto de personal docente e investigador.

    3. Un 24% en representación del estudiantado.

    4. Un 8% en representación del personal de administración y servicios.

    5. Un 8% en representación de los departamentos que impartan docencia en el Centro.

Reglamento Régimen Interno. Artículo 11. Competencias.

Corresponden a la Junta de Facultad las siguientes competencias:

  1. Elegir y, en su caso, remover al Decano/a.

  2. Aprobar las directrices generales de actuación de la Facultad en el marco de la programación general de la Universidad.

  3. Aprobar la memoria anual de gestión del Decano/a.

  4. Elaborar y proponer el Reglamento de Régimen Interno del Centro.

  5. Elaborar y proponer la aprobación, modificación o adaptación de los planes de estudios de las titulaciones que les sean adscritas y de los títulos de su competencia, atendiendo a las directrices establecidas por el Consejo de Gobierno.

  6. Definir los criterios y orientaciones docentes de orden general e impulsar la renovación científica y la calidad de la enseñanza en las diferentes titulaciones.

  7. Proponer el plan de ordenación docente del Centro y supervisar su cumplimiento.

  8. Emitir informe sobre asuntos que requieran acuerdo del Consejo de Gobierno y que afecten al Centro. i) Proponer límites de admisión y criterios de selección del estudiantado.

  9. Informar las propuestas de creación, modificación o supresión de departamentos e institutos universitarios de investigación, cuando resulte afectado el Centro.

  10. Proponer la dotación de instalaciones e infraestructuras necesarias para el Centro con objeto de asegurar la calidad de la enseñanza y posibilitar la investigación.

  11. Formular propuestas referentes a las necesidades de provisión de plazas de personal de administración y servicios correspondientes al Centro.

  12. Proponer la concesión del título de doctor o doctora honoris causa y la concesión de honores y distinciones de la Universidad.

  13. Determinar la distribución del presupuesto asignado al Centro y recibir la rendición de cuentas que presente el Decano.

  14. Proponer convenios con otras entidades e instituciones.

  15. Ejercer cualesquiera otras competencias que le atribuyan los Estatutos de la Universidad o sus normas de desarrollo.