Reglamento Régimen Interno. Artículo 9. Composición.
La Junta de Facultad estará compuesta por:
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El decano/a, que la preside.
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Los vicedecanos/as.
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El secretario/a, que lo será también de la Junta.
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El administrador del Centro.
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Un máximo de cien miembros elegidos de acuerdo con la siguiente distribución:
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Un 56% en representación del profesorado con vinculación permanente a la Universidad.
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Un 4% en representación del resto de personal docente e investigador.
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Un 24% en representación del estudiantado.
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Un 8% en representación del personal de administración y servicios.
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Un 8% en representación de los departamentos que impartan docencia en el Centro.
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Reglamento Régimen Interno. Artículo 11. Competencias.
Corresponden a la Junta de Facultad las siguientes competencias:
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Elegir y, en su caso, remover al Decano/a.
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Aprobar las directrices generales de actuación de la Facultad en el marco de la programación general de la Universidad.
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Aprobar la memoria anual de gestión del Decano/a.
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Elaborar y proponer el Reglamento de Régimen Interno del Centro.
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Elaborar y proponer la aprobación, modificación o adaptación de los planes de estudios de las titulaciones que les sean adscritas y de los títulos de su competencia, atendiendo a las directrices establecidas por el Consejo de Gobierno.
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Definir los criterios y orientaciones docentes de orden general e impulsar la renovación científica y la calidad de la enseñanza en las diferentes titulaciones.
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Proponer el plan de ordenación docente del Centro y supervisar su cumplimiento.
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Emitir informe sobre asuntos que requieran acuerdo del Consejo de Gobierno y que afecten al Centro. i) Proponer límites de admisión y criterios de selección del estudiantado.
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Informar las propuestas de creación, modificación o supresión de departamentos e institutos universitarios de investigación, cuando resulte afectado el Centro.
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Proponer la dotación de instalaciones e infraestructuras necesarias para el Centro con objeto de asegurar la calidad de la enseñanza y posibilitar la investigación.
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Formular propuestas referentes a las necesidades de provisión de plazas de personal de administración y servicios correspondientes al Centro.
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Proponer la concesión del título de doctor o doctora honoris causa y la concesión de honores y distinciones de la Universidad.
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Determinar la distribución del presupuesto asignado al Centro y recibir la rendición de cuentas que presente el Decano.
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Proponer convenios con otras entidades e instituciones.
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Ejercer cualesquiera otras competencias que le atribuyan los Estatutos de la Universidad o sus normas de desarrollo.